Lupus Nuevo León Mariposa Roja, A.C. se constituyó legalmente el 20 de Diciembre del 2004, en Monterrey, Nuevo León, México, ante el Notario Público #18, Lic. Ramiro A. Bravo Rivera, registrada en el Documento Público #12,788 y Registro Federal de Contribuyentes LNL-041220-E18.

La apoderada general y representante legal de Lupus Nuevo León Mariposa Roja, A.C., es la Lic. Rosa Elisa Vega Moreno, fundadora de esta Asociación.

Los objetivos de la asociación Lupus Nuevo León Mariposa Roja, A.C., que legalmente se establecieron ante el notario son:

  1. Asociar a personas del Estado de Nuevo León, con el fin de ayudar a pacientes de lupus y sus familiares, médica y moralmente.
  2. Formar un grupo de apoyo para pacientes y familiares para erradicar la mala información e ignorancia en torno a esta enfermedad.
  3. Informar y difundir entre la sociedad en qué consiste la enfermedad, para poder disminuir el rechazo de la misma hacia el paciente de lupus.
  4. Concientizar a los grupos de médicos para que no ignoren la posibilidad de lupus en un diagnóstico.
  5. Recaudar los fondos necesarios para el auxilio económico de los pacientes con bajos recursos, así como el sostenimiento de la asociación, organizando para ello eventos, conferencias, seminarios, etc.
  6. Colaborar en la organización de congresos en los que se aborde el tema de la enfermedad de lupus.
  7. Estar en comunicación con otras asociaciones para el enriquecimiento mutuo.
  8. Adquirir todos los muebles e inmuebles necesarios para los fines antes mencionados.

Como parte de los compromisos que la asociación adquiere, ante el notario público Lic. Bravo Rivera, están los siguientes:

  1. Esta asociación deberá destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su labor social, no pudiendo destinar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
  2. En caso de liquidación y con motivo de la misma, esta asociación destinará la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
  3. Esta asociación deberá mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, así como al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, por el plazo y en los términos que mediante reglas de carácter general fije el Servicio de Administración Tributaria.
  4. Lo establecido en los anteriores incisos 9, 10 y 11 son requisitos con los que deberá cumplir LUPUS NUEVO LEÓN MARIPOSA ROJA, A.C.

Esta asociación surge para satisfacer las necesidades de información pertinente, diagnóstico oportuno, tratamiento adecuado y rehabilitación física y moral, que requieren los pacientes de lupus. Asimismo, pretende publicar información con la intención de que la comunidad médica, los pacientes, sus familiares y la sociedad en general esté consciente del padecimiento y sus afecciones.